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lunes, 26 de noviembre de 2012

ASAMBLEA GENERAL.



IMPORTANTE


La Junta Directiva de la Asociación de Jubilados, Pensionados y Sobrevivientes, invita para la ASAMBLEA GENERAL a realizarse este miércoles 28 de noviembre.

HORA:     2,00 PM
LUGAR:   Sala descanso Central Pirineos, al lado de nuestra oficina.

PUNTO ÚNICO:   INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA TODOS.


La Junta Directiva AJUPTEL-Táchira

viernes, 2 de noviembre de 2012

Norma prescripción tratamientos medicos.

De: Gonzalez Rivas Yamilet
Enviado el: Viernes, 26 de Octubre de 2012 05:57 p.m.
Para:
CC: Melo Solorzano Luisana; Zabala de Sammy Siomara Victoria; Natera Joselyn; Monasterio Susana; Hernandez Enrique; Torres Bastidas Francisco Antonio; Infante Noelis; Bello Barreto Nancy
Asunto: Norma para la prescripcion de tratamientos medicos - Plan de Salud Cantv

Buenas tardes:

La presente tiene la finalidad de informarles que CANTV garantiza en los términos establecidos en su Contrato Colectivo y Anexos a sus trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas y a su grupo familiar el gasto de las medicinas, sin embargo, hemos evidenciado mediante la revisión de las ordenes administrativas o récipes online que algunos médicos y médicas han prescrito productos que no son medicinas.

En dicha revisión se han encontrado la indicación de productos tales como: medias de compresión para várices, tensiómetros digitales; zapato para diabéticos, productos cremas lociones con fines cosméticos (como por ejemplo contorno de ojo y cremas antiarrugas y despigmentante), producto naturales, suplementos alimenticios,  protectores solares con fines cosméticos, equipos e insumos médicos, material medico quirúrgico, equipos de soportes, fajas pos-parto, leches maternizadas, entre otros.

Por lo antes expuesto, la Gerencia Servicios de Salud como administrador del Plan de Salud de CANTV y sus empresas filiales establece la siguiente normativa para la prescripción de los medicamentos:
1. Prescribir SOLO medicamentos.  NO incluye productos naturales, medicinas alternativas ni vitaminas (con la excepción  de  calcio, vitamina D , complejo B en inyectables y tabletas , los productos que contengan sulfato de glucosamina  chondoitrin en sus diferentes presentaciones, los productos que contengan aceite de pescado,  Omega 3, Omega 6, Omega 9 en sus diferentes presentaciones y antioxidante en sus diferentes presentaciones).

2.-No prescribir equipos médicos: SOLO glucómetros,  jeringas de insulina, agujas de los lápices de insulina, tiras reactivas, lancetas,  bolsas, bases y pastas de colostomía.

3.-Prescribir aquellos productos de Dermatología que no tengan fines cosméticos

4.- No prescribir productos  de la marca  CLINIQUE y VICHI.

                      5.-No prescribir vacunas

 6.- No prescribir suplementos alimenticios Ejemplo: Sustagen, Ensure,  Pediasure, sólo se indicará en aquellos casos con gastronomía que reciben nutrición parenteral.


De igual manera les informamos que estamos en la elaboración de un petitorio que normará la prescripción y la dispensación de los medicamentos y aquellos productos que la Gerencia Servicios de Salud considere según la normativa vigente.,

Se les agradece hace extensiva esta información al personal médico y administrativo de su institución; igualmente en caso de tener alguna duda o inquietud favor formalizarlo por esta vía.

Saludos cordiales,


Yamilet González Rivas
Gerencia General Gestión Humana
Gerencia Servicios de Salud